Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090511-0159

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 210 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Peinado Domínguez, don Juan Rodolfo Martínez Clavijo, don Jorge León Pozo y don Joaquín Martín Barceló, contra don Rafael Fernández Moreno, don David Alburquerque Noriega, don Israel Alburquerque Noriega y la empresa “Maderas Radakean, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

a)  Se acuerda el embargo de los vehículos propiedad de los apremiados que a continuación se describen, con los datos de identificación conocidos:

Matrícula 4206BNL, “Peugeot” 806, vehículo mixto adaptable, como propiedad de don David Alburquerque Noriega.

Matrícula M-2335-PP, “Seat” Toledo 1.9, turismo, como propiedad de don Israel Alburquerque Noriega.

Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.

Remítase, asimismo el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

b)  Librar mandamientos al Registro de la Propiedad número 30 de Madrid, en relación al ejecutado don Rafael Fernández Moreno, al Registro de la Propiedad número 8 de Madrid y al Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid, en relación al ejecutado don David Alburquerque Noriega, y al Registro de la Propiedad número 8 de Madrid, en relación al ejecutado don Israel Alburquerque Noriega, a fin de que a la mayor brevedad posible, y en todo caso en el plazo de cinco días, informen de los posibles bienes o derechos susceptibles de embargo propiedad de los ejecutados y, en su caso, hagan constar datos suficientes para el posterior libramiento de mandamiento de embargo y sucinta referencia de sus cargas.

c)  Y habiendo resultado positiva la notificación de las resoluciones de fecha 5 de diciembre de 2008 efectuada a don Israel Alburquerque Noriega a través de exhorto remitido al Juzgado de paz de Alovera (Guadalajara), notifíquense las resoluciones del día de la fecha a dicho ejecutado a través de correo certificado y cautelarmente por edictos, como se venía haciendo, hasta que conste el resultado positivo de las mismas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Rafael Fernández Moreno, don David Alburquerque Noriega, don Israel Alburquerque Noriega y “Maderas Radakean, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.595/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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