Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090511-0035
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TRES CANTOS OTROS ANUNCIOS Según el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos darán de baja de oficio por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento. Es por ello que el Ayuntamiento, tras haber intentado la notificación por carta y previa exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, abre un plazo de diez días a partir de la presente publicación para que las personas que figuran en la siguiente relación manifiesten si están de acuerdo o no con su baja en el padrón de habitantes, debiendo en este último caso presentarse en el Departamento de Estadística del Ayuntamiento. Si no recibiéramos ninguna comunicación, se seguirá con la tramitación del expediente de baja de oficio. NOMBRE Y APELLIDOS Tres Cantos, a 18 de marzo de 2009.—El alcalde-presidente, José Folgado Blanco. (02/4.288/09) |

