Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090508-0140
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 38 DE MADRID EDICTO Doña Ana Isabel de la Cruz Albaladejo, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid. Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 2.007 de 2008, se tramita procedimiento de verbal de desahucio por falta de pago a instancias de doña Concepción Pardo Buendía, contra “Édison Sociedad Ibérica de Aplicaciones Eléctricas, Sociedad Anónima”, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se transcriben a continuación: Sentencia número 83 de 2009 En Madrid, a 15 de abril de 2009. Fallo Uno. Con estimación de la demanda interpuesta por doña Concepción Pardo Buendía, representada por la procuradora doña Marta Sanagujas Guisado, contra “Édison Sociedad Ibérica de Aplicaciones Eléctricas, Sociedad Anónima”, en rebeldía. Dos. Declaro la resolución del contrato de arrendamiento urbano de 13 de septiembre de 2007 sobre el local en Madrid, calle Gabriel Usera, número 66, por falta de pago de la renta, y declaro haber lugar al desahucio de la demandada, a la que condeno a que desaloje y deje dicho inmueble libre, vacío y a disposición de la demandante; ello con mantenimiento del señalamiento para eventual lanzamiento de la demandada fijado por el servicio común para el 4 de junio de 2009, a las once cuarenta y cinco horas, siempre y cuando previamente la demandante formule y presente demanda de ejecución y se despache esta. Tres. Al propio tiempo, condeno a “Édison Sociedad Ibérica de Aplicaciones Eléctricas, Sociedad Anónima”, al pago de la cantidad de 19.110 euros de principal (rentas desde la de abril de 2008 a la de abril de 2009), y al pago de las rentas ulteriores desde la mensualidad de mayo de 2009, en su caso, hasta la restitución a la demandante del local, a determinar, en su caso, en ejecución de sentencia, así como al pago de interés legal sobre dicho principal desde la presentación de la demanda el 24 de noviembre de 2008, y de los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente sentencia. Cuatro. Por último, condeno a la demandada al pago de las costas. Y para que conste y sirva de notificación a la demandada en ignorado paradero “Édison Sociedad Ibérica de Aplicaciones Eléctricas, Sociedad Anónima”, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dado en Madrid, a 16 de abril de 2009.—La secretaria (firmado). (02/5.072/09) |

