Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090508-0001
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS POZUELO DE ALARCÓN ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Se hace público para general conocimiento, que la Alcaldía, el 16 de marzo de 2009, ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente: Primero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales: — Don Mariano Pérez-Hickman Silván. — Don Félix Alba Núñez. — Don José María Mayo Villalobos. — Doña J. Beatriz Pérez Abraham. — Doña María Yolanda Estrada Madrid. — Don Pablo Rivas Suárez. — Don Andrés Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín. — Doña María África Sánchez Marín. Segundo.—Nombrar como concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local a doña María Yolanda Estrada Madrid, igualmente, y en los casos de ausencia, enfermedad o vacante, se nombra para la sustitución del concejal-secretario a don José María Mayo Villalobos, concurriendo en ambos la condición de miembros de la Junta de Gobierno Local Tercero.—Mantener el régimen de sesiones acordado por la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria de 3 de septiembre de 2008. Cuarto.—Todos los nombramientos surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha de este decreto, debiendo notificarse a los interesados y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se puede interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que se estime pertinente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución. Pozuelo de Alarcón, a 15 de abril de 2009.—El alcalde, Gonzalo Aguado Aguirre. (03/12.972/09) |

