Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090507-0152
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE BILBAO EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Inés Alvarado Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Bilbao (Bizkaia). Hago saber: Que en autos número 971 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mikel Martínez López, contra el Fondo de Garantía Salarial y la empresa “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 20 de marzo de 2009. Fallo Estimando íntegramente la demanda presentada por don Mikel Martínez López, frente a “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada” a abonar al actor la suma de 3.054,68 euros, más el interés legal de demora, y ello sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales. Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo para hacerlo la demandada ingresar en la cuenta número 4718/00065/971/08 del grupo “Banesto” (Banco Español de Crédito), la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Dicha consignación puede sustituirse por aval bancario, en la forma dispuesta en el artículo 228 de la Ley de Procedimiento Laboral. Asimismo, deberá ingresarse en la misma cuenta corriente, con el código 69, la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito para recurso de suplicación, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Bilbao (Bizkaia), a 27 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/12.276/09) |