Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090505-0086

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

COLMENAR VIEJO

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar con carácter inicial el proyecto de reparcelación voluntaria presentado por don José C. Sáez Colmenarejo, en representación de doña Dionisia Inocencia y don Luis Vicente Ibáñez Rivas, don Manuel Ramos Campuzano y doña Antonia Ruz Rosa, como propietarios del suelo incluido en el Área de Ordenación Especial número 45, “Extremadura”, del Plan General de Ordenación Urbana vigente.

Segundo.—Su sometimiento a período de información pública por plazo de veinte días, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de difusión nacional.

Todo ello en aplicación de lo dispuesto en los artículos 117 y 120 del Reglamento de Gestión Urbanística; artículo 88 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local.

Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente, durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, plaza del Pueblo, número 1, segunda planta, en las mañanas de los días hábiles (excepto sábados) a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo, o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos.

En Colmenar Viejo, a 1 de abril de 2009.—El alcalde, José María de Federico Corral.

(02/4.328/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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