Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-05-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090505-0051

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Junta Municipal de Distrito de Latina

PUBLICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan en el anexo adjunto de las resoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I.  Recurso potestativo de reposición, ante el gerente del Distrito de Latina, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II.  Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III.  Todo ello sin perjuicio de que los interesados ejerciten cualquier otro recurso que estimen pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

El importe de dicha sanción podrán hacerlo efectivo mediante el abonaré que podrán retirar en el Negociado de Gestión, Sección de Procedimiento Sancionador, del Distrito de Latina, avenida del General Fanjul, número 2-A, en horario de nueve a once, de lunes a viernes, debiendo realizarse, en período voluntario, en los siguientes plazos:

a) Si la publicación del anuncio se realiza entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la publicación del anuncio se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

De no realizar el oportuno ingreso en el plazo indicado, se procederá a su exacción por vía de apremio, con los recargos legalmente exigibles.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia. — Interesado. — Fecha de la resolución. — Norma
 infringida. — Sanción

110/2008/05465. — Irene Rodríguez Fernández. — 26 de enero de 2009. — Artículos 47.1 y 47.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 573,95 euros.

110/2008/06793. — Roca Limpia, Sociedad Limitada. — 1 de septiembre de 2008. — Artículos 51.1 y 49.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 600 euros.

110/2008/06795. — Roca Limpia, Sociedad Limitada. — 1 de septiembre de 2008. — Artículos 51.1 y 49.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 600 euros.

110/2008/06794. — Roca Limpia, Sociedad Limitada. — 1 de septiembre de 2008. — Artículos 51.1 y 49.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 600 euros.

110/2008/06796. — Guandi Lin. — 22 de septiembre de 2008. — Artículos 51.1 y 48.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 400 euros.

110/2008/06446. — Robert Stanislaw Bialas. — 26 de noviembre de 2008. — Artículo 47.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 160 euros.

110/2008/00564. — Alí Amen Ayath. — 30 de julio de 2008. — Artículo 50.14 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 300,52 euros.

110/2008/00722. — Grupo Racasa Import-Export, Sociedad Limitada. — 6 de noviembre de 2008. — Artículos 47.1 y 47.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 2.500 euros.

110/2008/11454. — Grupo Racasa Import-Export, Sociedad Limitada. — 26 de noviembre de 2008. — Artículos 47.1 y 47.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 2.700 euros.

110/2008/09814. — Antonio Sanz Alonso. — 14 de noviembre de 2008. — Artículos 47.1 y 47.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 1.720 euros.

110/2008/05754. — Pablo de León Acevedo. — 14 de noviembre de 2008. — Artículos 47.2 y 47.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. — 920 euros.

110/2008/04246. — Cafetería-bar-restaurante Tony, Sociedad Limitada. — 8 de julio de 2008. — Artículo 22 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. — 601,01 euros.

110/2008/06150. — Alimentos y Servicios Lagunas, Sociedad Limitada. — 24 de octubre de 2008. — Artículos 8 y 4 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. — 800 euros.

110/2007/11210. — Piran Inversiones, Sociedad Limitada. — 24 de octubre de 2008. — Artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. — 2.660,24 euros.

Madrid, a 3 de abril de 2009.—El gerente del Distrito de Latina, PO, el jefe del Departamento Jurídico, José Carlos Pascual Echalecu.

(02/4.332/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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