Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090502-0067

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 19
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio ordinario número 1.400 de 2005, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 38 de 2009

En Madrid, a 25 de febrero de 2009.—Vistos por doña María Isabel Ferrer-Sama Pérez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 19 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.400 de 2005, promovidos por el procurador don Ignacio Aguilar Fernández, en nombre y representación de doña Sonia López Sanz, asistida por el letrado don Jaime Salazar Roncero, contra don Francisco García Alonso, en rebeldía; doña Teresa García López y don Román García López (desistidos), representados por el procurador don Jorge Laguna Alonso y asistidos por la letrada doña María Victoria Mateo Coarasa, y contra doña Dolores Prieto García y doña Vicenta Prieto García, representadas por la procuradora doña Olga Romojaro Casado y asistidas por la letrada doña María del Mar Ozores Prieto, sobre nulidad de contrato de compraventa.

Fallo

Que desestimando la demanda presentada por el procurador don Ignacio Aguilar Fernández, en nombre y representación de doña Sonia López Sanz, debo declarar y declaro la falta de legitimación pasiva de doña Vicenta y doña Dolores Prieto García, representadas por la procuradora doña Olga Romojaro Casado, y debo absolver y absuelvo a don Francisco García Alonso de los pedimentos de la demanda, imponiendo a la parte actora el pago de las costas.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, del cual deberá prepararse ante este Juzgado dentro de los cinco días contados desde el siguiente a la notificación conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero de 2000.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Francisco García Alonso se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 5 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).

(02/3.435/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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