Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-04-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0344

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

1436 Resolución de 20 de marzo de 2009, del Director ­General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 1158/2009, de 13 de marzo, de la Consejera de Educación, de modificación de la autorización de la escuela infantil privada “Chiqui Tin”.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad, solicitando modificación de la autorización de la escuela infantil privada denominada “Chiqui Tin”, con domicilio en la calle Puerto de Navacerrada, sin número, centro comercial “Madrid Xanadú”, de Arroyomolinos, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de modificación de la autorización de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 1158/2009, de la Consejera de Educación:

Primero

Modificar, de conformidad con el artículo 13.1.a) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, la autorización por cambio de denominación específica del centro privado “Chiqui Tin”, con domicilio en la calle Puerto de Navacerrada, sin número, centro comercial “Madrid Xanadú”, de Arroyomolinos, número de código 28069650, que en lo sucesivo pasará a denominarse “Chiquijardín Xanadú”.

Segundo

La presente autorización surtirá efectos a partir de la fecha de la presente Orden, y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 20 de marzo de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(03/11.161/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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