Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0174
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID OTROS ANUNCIOS Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Servicio de Disciplina Urbanística Unidad Jurídica Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Número de expediente. — Interesado. — Trámite que se notifica 711/2008/20254. — Señores propietarios de la calle Alberdi, número 53. — Notificación de resolución de expediente sancionador por infracción urbanística. 711/2008/9014. — Señores propietarios de la calle Boiro, número 82. — Notificación de resolución de expediente sancionador por infracción urbanística. 711/2008/24675. — Señores propietarios de la calle Pedro Escudero, número 7. — Notificación de resolución de expediente sancionador por infracción urbanística. 711/2008/24844. — Señores propietarios de la calle Río Arauca, número 5. — Notificación de resolución de expediente sancionador por infracción urbanística. 711/2008/20262. — Señores propietarios de la calle Sierra Carbonera, número 62. — Notificación de resolución de expediente sancionador por infracción urbanística. 711/2008/19903. — Señores propietarios de la calle Sierra de Valdemeca, número 7. — Notificación de resolución de expediente sancionador por infracción urbanística. Lo que les comunico para su conocimiento y efectos oportunos, significándoles que la anterior resolución no es susceptible de recurso por tratarse de un acto de mero trámite, sin perjuicio, no obstante, del derecho que les asiste de recusación del instructor y secretario designados. Se concede el plazo de quince días para presentarse las alegaciones que se estimen oportunas y proponer las prácticas de las pruebas que estimen pertinentes, atendiendo a lo establecido en el artículo 6.3 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, aprobado por decreto 245/2000. Madrid, a 5 de abril de 2009.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes. (01/1.361/09) |