Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0136
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 234 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Geovanny Rodríguez Núñez, contra la empresa “Business Health Consulting, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de 24 de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 128 de 2008 En Madrid, a 24 de marzo de 2009.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 234 de 2009, sobre despido, en los que han sido las partes: como demandante, don Luis Geovanny Rodríguez Núñez, asistido por el letrado don Juan Carlos Días de Montilloa; como demandados “Business Health Consulting, Sociedad Limitada” (“BGT Musics Producciones Artísticas”), y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Geovanny Rodríguez Núñez, contra “Business Health Consulting, Sociedad Limitada” (“BGT Musics Producciones Artísticas”), y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia de despido de que fue objeto el trabajador el día 13 de enero de 2009, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración, así como a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia opte entre la readmisión del trabajador o abonarle una indemnización de 1.057,95 euros, con abono en cualquiera de los dos casos de la cantidad que resulte igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia o hasta que hubiese encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probare por el empresario lo percibido para su descuento, a razón de 60 euros diarios. Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo, y si fuese la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de suplicación deberá consignar el depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación” que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la entidad bancaria “Banesto”, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación. Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Business Health Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a 24 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/11.600/09) |