Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0113

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 89 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mykola Dzikozskyy, contra la empresa “Ibérica Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 30 de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid, al señor registrador de la Propiedad del número 1 de Illescas (Toledo).

Participa y hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de demanda con el número 772 de 2007, hoy ejecución número 89 de 2008, a instancias de don Mykola Dzikozskyy, don Jesús Fernández Ruiz, don José Fernández Ruiz y don Sergio Rivas Cavalleira, con documentos de identidad números X-06536708-Q, 53460092L, 53469057-Z y 53462297-Q, y con domicilios en calle Malvarrosa, número 31, Móstoles, y calle Santa Engracia, número 42, 28010 Madrid, contra “Ekena Construcciones, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-80922560 y domicilio en calle Romero, nave 7, Guadarrama (Madrid), en reclamación por ordinario, para responder de un principal de 5.522,05 euros, más 552,21 euros de intereses provisionales y 552,21 euros de costas provisionales, en los que en fecha 30 de marzo de 2009 se ha dictado auto con carácter ejecutivo, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 30 de marzo de 2009.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo del bien inmueble que se describe.

Urbana.—Parcela en el término municipal de Ugena, señalada con el número 150.33 de la manzana Sere Uno, como propiedad de “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, finca número 4.867, inscrita al folio 208, del libro 60, tomo 1.714, para responder de la cantidad de 5.522,05 euros, más 1.104,42 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don Mykola Dzikozskyy, don Jesús Ferández Ruiz, don José Fernández Ruiz y don Sergio Rivas Cavalleira, contra “Ekena Ibérica, Sociedad Limitada”.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Ekena Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Danubio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.485/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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