Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0101

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 122 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Olga María Fresco Miguélez y doña María Inmaculada Verde García, contra la empresa “Fástex Mensajería, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto:

Diligencia.—En Madrid, a 31 de marzo de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 24 de marzo de 2009 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito que presenta la demandante doña Inmaculada Verde García, instando ejecución de sentencia en el presente procedimiento.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 31 de marzo de 2009.

Dada cuenta; por recibido el anterior
escrito que presenta la demandante doña María Inmaculada Verde García instando ejecución de sentencia en el presente procedimiento, únase a los autos de sus razón.

Parte dispositiva:

a)  Acumular a la ejecución despachada a instancias de doña Olga María Fresco Miguélez, la instada por doña María Inmaculada Verde García, contra “Fástex Mensajería, Sociedad Anónima”, por un principal total de 16.805,26 euros, más 1.176,36 euros en concepto de intereses y 1.680,52 euros de costas calculadas provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

Firme que sea la presente resolución, y constando en autos la declaración de insolvencia de la parte demandada, se acordará lo que proceda.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fástex Mensajería, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.531/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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