Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090424-0052

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por resolución del concejal-delegado de Hacienda, Desarrollo Económico y Comercio del Ayuntamiento de Getafe de 14 de abril de 2009, ha sido aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2009, que estará expuesto al público para conocimiento de los interesados en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, durante quince días hábiles siguientes al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio.

El período de ingreso voluntario es del 5 de junio de 2009 al 5 de agosto de 2009, y el pago de los recibos se podrá realizar en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras presentes en Getafe que a continuación se relacionan, en horario habitual de apertura de cada oficina (sin restricciones de horario), presentando para ello, a efecto de validación, la documentación enviada al domicilio del contribuyente:

— “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”.

— “Banco Santander Central Hispano”.

— “Bilbao Bizcaia Kutxa”.

— “CAP de Barcelona” (“La Caixa”).

— “Banco Guipuzcoano”.

— “Ibercaja”.

— “Banco Pastor”.

— “Banco Popular”.

— “Banco Sabadell”.

— “Caja Cataluña”.

— “Caja España”.

— “B. Deutsche Bank”.

— “Barclays Bank”.

— “Caja Madrid”.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio, de los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

El recargo será del 5 por 100 cuando la deuda tributaria no ingresada se satisfaga en su totalidad antes de serle notificada la providencia de apremio, pudiendo pagarse con el mismo documento enviado en el período indicado en la casilla “Período ejecutivo de pago”, en cualquier oficina de “Caja Madrid”.

Podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el señor alcalde, en el plazo de un mes a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del padrón de contribuyentes.

El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas.

Getafe, a 14 de abril de 2009.—El jefe de Servicios Fiscales, Turiano Picazo González.

(02/4.727/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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