Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-04-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090422-0361

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 3
DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 360 de 2007 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Alcalá de Henares, a 24 de octubre de 2008.—Vistos por mí, Asunción Loranca Ruilópez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 360 de 2007, seguidos a instancias del procurador señor Reino García, en nombre de “Banco Mais, Sociedad Anónima”, asistido del letrado señor Moreira dos Santos, frente a don Ángel Luque Palacios, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Su Majestad el Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Estimo la demanda formulada por el procurador señor Reino García, en nombre de “Banco Mais, Sociedad Anónima”, contra don Ángel Luque Palacios y en su virtud condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 16.113,82 euros, intereses legales a partir de la interpelación judicial, intereses pactados y con expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que deberá prepararse conforme previene el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ángel Luque Palacio, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Alcalá de Henares, a 27 de octubre de 2008.—El secretario (firmado).

(02/3.772/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090422-0361