Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-04-2009

Sección 1.3.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090422-0021

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

1315 ORDEN de 30 de marzo de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea un fichero que contiene datos de carácter personal de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de carácter personal se realizará en el ámbito de la Comunidad de Madrid, mediante Orden del Consejero respectivo, regulando su contenido y procedimiento.

Por la presente Orden se crea el fichero automatizado de datos personales denominado fichero “Pruebas Control Acceso Espectáculos” adscrito a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, destinado al tratamiento de los datos de carácter personal relativos a las solicitudes de admisión a las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid; en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio,

DISPONGO

Artículo único

1.  Se crea el fichero “Pruebas Control Acceso Espectáculos” que se recoge en el Anexo Primero de esta Orden, en los términos fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal.

2.  El fichero que se crea contempla las medidas de seguridad previstas en el Título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de marzo de 2009.

El Consejero de Presidencia,
 Justicia e Interior,
 FRANCISCO GRANADOS LERENA

ANEXO PRIMERO

Fichero: PRUEBAS CONTROL ACCESO ESPECTÁCULOS.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Presidencia e Interior, Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, Gerencia.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Presidencia e Interior, Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, Gerencia.

Nombre y descripción del fichero: PRUEBAS CONTROL ACCESO ESPECTÁCULOS.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel medio.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos relativos a infracciones: Datos relativos a infracciones penales.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros tipos de datos: Datos de detalles de empleo, datos de características personales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: TRATAR LOS DATOS PERSONALES CONTENIDOS EN LAS SOLICITUDES A LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO ACREDITATIVO DEL PERSONAL DE CONTROL DE ACCESO A ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Dirección General de Seguridad e Interior, además de otras cesiones previstas en la Ley.

(03/12.371/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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