Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090422-0184

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORREJÓN DE ARDOZ

URBANISMO

Don Pedro Rollán Ojeda, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Madrid).

Hace saber: Que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada con fecha 25 de marzo de 2009, se aprobó con carácter definitivo la modificación quinta del Plan Parcial del Sector “Soto del Henares”, del Plan General de Ordenación Urbana de Torrejón de Ardoz.

Como anexo I al presente anuncio se publica el articulado íntegro de la normativa modificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Frente a la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo haya dictado en un plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117.1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en virtud de lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley de 13 de julio de 1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.

ANEXO I

CARACTERÍSTICAS DE LA ORDENANZA MODIFICADA

1.  Ordenación propuesta

De la aplicación de los criterios enumerados resulta una ordenación, cuya cuantificación genérica se resume en el siguiente cuadro:

CUANTIFICACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA ORDENACIÓN

* Incluye el nuevo tramo de la vía pecuaria.

1.5.  Morfología y tipologías edificatorias: en la tabla siguiente se resume la distribución de viviendas y edificabilidad residencial en función de las distintas tipologías contempladas.

Ello significa que serán de protección pública el 96 por 100 de las viviendas en edificación colectiva.

Las 5.043 viviendas destinadas a acogerse a algún tipo de protección pública tienen asignada una edificabilidad de 484.584 metros cuadrados lo que supone el 68,6 por 100 de la edificabilidad residencial prevista y el 61,58 por 100 de la edificabilidad lucrativa total.

1.6.  Aprovechamiento urbanístico: el Plan Parcial localiza y distribuye el aprovechamiento urbanístico fijado en el PAU. Para ello utiliza los criterios y coeficientes de homogeneización establecidos en el documento que recoge los establecidos en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana.

Los 777.494 metros cuadrados de edificabilidad lucrativa y las 765.784 Unidades de Aprovechamiento se distribuyen entre los distintos usos lucrativos según se recoge en el siguiente cuadro:

CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR

* Esta edificabilidad se considera mínimo obligatorio. Como máximo, podrá destinarse a uso terciario el doble de dicha edificabilidad.

** Este índice de edificabilidad es aplicable al conjunto de la superficie de cada una de las Unidades de Ordenación limitadas pero no necesariamente a cada una de las parcelas en las que el proyecto de compensación pudiera subdividirlas.

Torrejón de Ardoz, a 1 de abril de 2009.—El alcalde-presidente (firmado).

(02/4.184/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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