Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-04-2009

Sección 2.10.50: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090421-0149

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

Junta Electoral de Zona de Madrid

Doña Patricia Jiménez-Alfaro Esperón, presidenta de la Junta Electoral de Zona de Madrid.

Hago saber: De conformidad con el artículo 14 de la vigente Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, la Junta Electoral de Zona de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto de Presidencia del Gobierno 482/2009, de 3 de abril, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 14 de abril de 2009, por el que se convocan elecciones de diputados al Parlamento Europeo, ha quedado legalmente constituida de la siguiente forma:

Presidenta: doña Patricia Jiménez-Alfaro Esperón, magistrada-juez de instrucción número 22 de Madrid.

Vocales judiciales:

— Doña Marta Iturrioz Muñoz, magistrada-juez de primera instancia de instrucción número 3 de Fuenlabrada.

— Don Rafael Rosel Marín, magistrada-juez de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés.

Secretario judicial: don José María Vicente Sánchez, secretario del Decanato de los Juzgados de Madrid.

Igualmente, y a los efectos previstos en el número 6 del artículo 8 de la citada Ley Orgánica de los Partidos Judiciales que son competencia de esta Junta Electoral, coinciden con los de las elecciones locales de 1979 y son los siguientes:

— Partido Judicial de Madrid.

— Partido Judicial de Alcorcón.

— Partido Judicial de Fuenlabrada, lo compone también Humanes de Madrid.

— Partido Judicial de Getafe.

— Partido Judicial de Leganés.

— Partido Judicial de Parla, lo compone también Pinto.

Todo lo cual se hace público a los efectos legales correspondientes.

Dado en Madrid, a 17 de abril de 2009.—El secretario, José María Vicente Sánchez.—La presidenta, Patricia Jiménez-Alfaro Esperón.

(03/12.321/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.10.50: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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