Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090421-0034
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 4 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN En el procedimiento número 1.122 de 2008 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: Providencia Magistrado-juez de primera instancia, don Juan José Sánchez Sánchez.—En Móstoles, a 17 de marzo de 2009. Dada cuenta; visto el estado del procedimiento, no siendo necesaria la audiencia de parientes, de conformidad con el artículo 793 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se deja sin efecto dicho señalamiento acordado para el día 1 de abril y, en consecuencia, se señala el inventario para el día 10 de junio de 2009, a las once y treinta horas. Cítese para el inventario, además de la parte actora, a las siguientes personas, a fin de que puedan personarse o comparecer al acto del inventario si a su derecho conviniere: Don Juan Carlos Bernardino García, con domicilio en la calle Bécquer, número 21, de Móstoles. Doña Beatriz Bernardino García, con domicilio en la calle Bécquer, número 21, de Móstoles. Doña Carmen Bueno Luque, con domicilio en la calle Granados, número 3, de El Álamo (Madrid). Procédase a citar a los posibles acreedores desconocidos por medio de edictos, los cuales se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que puedan acudir a la formación del inventario de la herencia del causante, entregándose este último a la parte actora a fin de que cuide de su diligenciamiento, haciéndole constar que deberá presentar justificante de la publicación con anterioridad a la fecha de celebración del inventario. Procédase igualmente a citar al ministerio fiscal. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la publicación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado). Y como consecuencia del ignorado paradero de los posibles acreedores que pudieran existir, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y citación. Móstoles, a 19 de noviembre de 2008.—El secretario (firmado). (02/4.135/09) |

