Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090420-0217
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO Doña Eva María Luna Maizal, secretaria del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid. Por el presente edicto hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y Secretaría de la refrenda se siguen autos de modificación de medidas supuesto contencioso número 1.093 de 2008, sobre otras materias, a instancias de don José María Cacho Polo, representado por el procurador don Ramón Blanco Blanco, contra doña Mayumi Ano, en ignorado paradero, en el que por resolución del día de hoy se ha acordado notificar por medio de edictos la sentencia de fecha 30 de marzo de 2009 a doña Mayumi Ano, cuya parte dispositiva es del tenor literal que prosigue: Fallo Que estimando la demanda formulada por el procurador señor Blanco Blanco, en representación de don José María Cacho Polo, contra doña Mayumi Ano, declaro haber lugar a la modificación de medidas interesada y establezco como definitivas las siguientes: 1. Se atribuye al padre la guarda y custodia del hijo común y el ejercicio en exclusiva de la patria potestad. 2. No ha lugar a establecer régimen de visitas a favor de la madre por lo razonado en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución. 3. La madre entregará al padre dentro de los cinco días de cada mes la cantidad de 200 euros en concepto de pensión alimenticia a favor del hijo común, actualizándose su importe anualmente de conformidad con las variaciones que experimente el índice de precios al consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Ambos progenitores contribuirán por mitad en los gastos de carácter extraordinario que en relación con la menor puedan producirse, previa acreditación de su importe y necesidad. Se mantienen en cuanto procedan el resto de las medidas acordadas en los procedimientos números 878 de 2001 y 979 de 2004. Sin costas. Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, observando lo prevenido en el artículo 284.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que así conste y sirva el presente de notificación en legal forma a la demandada doña Mayumi Ano y para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 30 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado). (02/4.339/09) |