Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090417-0124

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 67 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Sánchez Roldán, doña Gabriela Cano Sánchez e “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, contra la empresa “Sociedad Deportiva Novelda, Club de Fútbol”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución (auto de fecha de 30 de septiembre de 2008):

Diligencia.—En Madrid, a 30 de septiembre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se han practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes de la ejecutada en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado. Paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 30 de septiembre de 2008.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Sociedad Deportiva Novelda, Club de Fútbol”, en situación de insolvencia parcial por importe de 437.821,26 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sociedad Deportiva Novelda, Club de Fútbol”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.756/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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