Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.120.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0325

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO PENAL

JUZGADO NÚMERO 4
DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo penal número 4 de Alcalá de Henares.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 195 de 2007, sobre maltrato familiar, se ha acordado por medio del presente edicto notificar a doña Cristina Carmelia Bostiog y a don Víctor Sturza, la parte dispositiva de la sentencia recaída del tenor literal siguiente:

Condeno a don Víctor Sturza, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 153.1 del Código Penal, a la pena de seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas, por un año y un día. Prohibición de acercarse en menos de 500 metros de la persona de doña Cristina Carmelia Bostiog o a su domicilio, o lugar de trabajo, o de comunicar con ella por cualquier medio, durante dieciocho meses. Al pago de las costas del presente procedimiento.

Acuerdo mantener las medidas cautelares penales adoptadas por el Juzgado de instrucción número 7, en auto de fecha de 7 de agosto de 2006, dictado en las diligencias previas número 1.241 de 2006.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiéndose interponer recurso de apelación en el plazo de diez días, a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

Notifíquese, igualmente, a todos los perjudicados u ofendidos que no se hayan mostrado parte en la causa, conforme dispone el artículo 789.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Comuníquese a la Oficina del Censo Electoral correspondiente a los efectos oportunos.

Tratándose de un asunto instruido por un Juzgado con competencia en materia de violencia sobre la mujer, remítase de inmediato copia de la sentencia dictada a dicho Juzgado.

Llévese certificación a los autos princi­pales.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo la misma de notificación en forma de la sentencia a don Víctor Sturza y a doña Cristina Carmelia Bostiog, expido el presente en Alcalá de Henares, a 12 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.774/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.120.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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