Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0288

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Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 16 de marzo de 2009, del Director General de Tributo

La Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda ha dictado Resolución de denegación de la autorización para instalar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programado en el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación al interesado se ha intentado en dos ocasiones, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha Resolución de denegación, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

En Madrid, a 16 de marzo de 2009.—El Director General de ­Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 9 de octubre de 2008), la Subdirectora General de Gestión y Control del Juego, María Luisa Arbiza Jiménez.

ANEXO

Examinada la solicitud de autorización de instalación para máquinas recreativas con premio programado presentada con fecha 5 de enero de 2009 conjuntamente por “Cafetería Virgen de la Antigua, Sociedad Limitada”, como titular del establecimiento de hostelería denominado “Mi Taska”, sito en Leganés (Madrid), en la avenida Rey Juan Carlos I, número 108, y la sociedad “Súper Pik, Sociedad Limitada”, inscrita como empresa operadora número 20.025-MA, y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Primero

Examinada la solicitud y comprobados los documentos presentados en relación con el artículo 18 del Decreto 97/1998, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Explotación e Instalación de Máquinas Recreativas, Recreativas con Premio Programado y de Azar en la Comunidad de Madrid, se comprueba que para el citado establecimiento han tenido entrada en la Comunidad de Madrid otras solicitudes de autorización de instalación de máquinas recreativas para el mismo local, en fechas próximas, a nombre del mismo titular y diferentes empresas operadoras.

Segundo

Con el fin de comprobar los datos personales del titular del establecimiento y si el local se encontraba abierto o cerrado se solicita informe al Servicio de Control de Juegos de Azar, a fin de que se gire la correspondiente inspección al local sito en la avenida Juan Carlos I, número 108, de Leganés (Madrid).

Tercero

Llevada a cabo la inspección de dicho establecimiento por el Servicio de Control de Juegos de Azar se puso de manifiesto, según informe emitido en fecha 21 de enero de 2009, que en la citada dirección existe un establecimiento denominado “Mi Taska Bar”, y que anteriormente se denominaba “Metrosur”. El local en cuestión se encuentra cerrado, exhibiendo un cartel en el que se puede leer lo siguiente “Cerrado por avería en el suministro eléctrico, disculpen las molestias”. Solicitada información a los comercios colindantes, manifiestan que cambió de titularidad “hará unos quince días”, iniciándose una reforma en el mismo para, acto seguido, cerrar y no volver a abrir.

Cuarto

En fecha 18 de febrero de 2009 se presentó escrito del nuevo titular del establecimiento denominado “Mi Taska”, don Fernando Villén López, como administrador de la sociedad “Fermila Pintxitos y Tapas, Sociedad Limitada”, acreditando mediante la aportación del contrato de arrendamiento de fecha 1 de enero de 2009, la disponibilidad del local con anterioridad a la fecha en la que se presentaron las solicitudes de instalación de máquinas recreativas en el local referido. Del mismo modo, se aportó escrito firmado por los propietarios de local, acreditando que el mencionado contrato continúa en vigor y al corriente de pago.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

El apartado 1 del artículo 17 del Decreto 97/1998, de 4 de junio, por el que se aprobó el Reglamento de Explotación e Instalación de Máquinas Recreativas, Recreativas con Premio Programado y de Azar en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 1998) determina que la autorización de instalación es el documento administrativo que habilita para la instalación de máquinas recreativas y recreativas con premio programado en un local concreto de los contemplados en los artículos 13.a) y 14.1.a) del presente Reglamento y por una sola y determinada empresa operadora debidamente inscrita en el Registro del Juego de la Comunidad de Madrid, Sección de Empresas.

Segundo

El apartado 1.c) del artículo 18 del mencionado Decreto 97/1998, establece que con la solicitud de autorización de instalación deberá adjuntarse documento acreditativo de disponibilidad del local por el titular de la explotación del mismo, mediante copia de la escritura de compraventa, contrato de arrendamiento o cualquier otro título admitido en derecho que acredite fehacientemente dicha disponibilidad o testimonio notarial que lo sustituya.

Por todo lo expuesto, y en virtud de las competencias legalmente atribuidas, es por lo que

RESUELVO

Denegar la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programado en el establecimiento denominado “Mi Taska”, antes “Metrosur”, sito en Leganés (Madrid), avenida Juan Carlos I, número 108, presentada el día 5 de enero de 2009 conjuntamente por “Cafetería Virgen de la Antigua, Sociedad Limitada”, y la empresa operadora “Súper Pik, Sociedad Limitada”, procediéndose al archivo de las actuaciones.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, a contar desde la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 24 de febrero de 2009.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 9 de octubre de 2008), la Subdirectora General de Gestión y Control del Juego, María Luisa Arbiza Jiménez.

(03/10.585/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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