Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0286

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

Paracuellos de Jarama

Régimen económico

La Junta de Gobierno Local, en sesión del día 2 de abril de 2009, ha aprobado el padrón fiscal del ejercicio 2009 del tributo que se señala a continuación:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 27 de abril al 29 de junio de 2009.

Importe: 756.237,80 euros.

8.658 cargos.

Asimismo, se hace saber que quince días antes de la fecha de inicio del cobro en período voluntario se abrirá un plazo de información pública del padrón correspondiente al tributo municipal de carácter periódico. Durante el plazo de exposición pública de un mes el padrón estará a disposición de los interesados en la oficina recaudatoria del Ayuntamiento sita en la plaza de la Constitución, número 1, de Paracuellos de Jarama.

Lugar de pago, en cualquiera de las siguientes entidades bancarias: “Caja Madrid”, “Banco Español de Crédito”, “la Caixa”, “Caja de Ahorros de Ávila”, “Banco Popular”, “Ibercaja”, “Banco Santander Central Hispano”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y “Banco Sabadell Atlántico”.

Medios de pago: de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y siguientes del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de septiembre), en relación con los artículos 60 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los medios de pago son en efectivo, por transferencia o por domiciliación bancaria, mediante cheque nominativo y conformado, por Internet o cualquier otro medio legalmente autorizado.

Recursos: contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de cobro.

Advertencia: transcurridos los períodos voluntarios de pago, los recibos se cobrarán con un 5 por 100 de recargo entre el día 30 de junio y el día 30 de julio de 2009. Con posterioridad a esta última fecha las deudas serán exigidas con recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Paracuellos de Jarama, a 6 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Pedro Antonio Mesa Moreno.

(02/4.467/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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