Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090415-0044

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLAMANRIQUE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y habida de cuenta que el Pleno del Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, en sesión celebrada el día 12 de febrero de 2009, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta entidad para 2009, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública (realizada mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 2 de marzo de 2009 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento), se hace constar lo siguiente:

I.  Resumen por capítulos del referido presupuesto para 2009

II. Plantilla y relación de puestos de trabajo de esta entidad, aprobada junto con el presupuesto general para 2009

Plazas de funcionarios:

a) Con habilitación de carácter estatal:

— Secretario-interventor: una plaza.

b) Escala de Administración General:

— Subescala subalterna: una plaza.

Personal laboral:

— Encargado de servicios varios: una plaza.

— Maestra de Casa de Niños: una plaza.

— Educadora de apoyo Casa de Niños: dos plazas.

Según lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Villamanrique de Tajo, a 24 de marzo de 2009.—El alcalde (firmado).

(03/9.575/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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