Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090408-0093
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Rosario Berrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 199 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Pérez Yáñez, contra la empresa “International Courier Solution, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Diligencia.—En Madrid, a 11 de febrero de 2009. La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Antonio Pérez Yáñez, contra “International Courier Solution, Sociedad Limitada”, en materia de despido, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe. Auto En Madrid, a 11 de febrero de 2009. Parte dispositiva: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 4 de junio de 2009, a las nueve y cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, primera planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Con respecto al otrosí primero: se tienen hechas las manifestaciones a los efectos oportunos. Se admiten las pruebas propuestas. Con respecto al segundo otrosí: en relación al interrogatorio de parte, expídase la correspondiente cédula de citación. En relación al interrogatorio de doña Elena Madrazo, deberá solicitarse por vía de informe, según el artículo 315 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En relación a la documental, requiérase a la empresa demandada a fin de que aporte al acto del juicio la documental pedida por la parte actora en su escrito de demanda. En relación a la testifical, expídase la correspondiente cédula de citación a don Juan Barranco a fin de practicar la testifical. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “International Courier Solution, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 12 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/9.847/09) |

