Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-04-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090408-0084

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5
DE LEGANÉS

EDICTO

En el juicio de familia sobre medidas provisionales número 547 de 2008, sobre familia medidas provisionales, se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Mercedes Merino Melara.—En Leganés, a 13 de marzo de 2009.

1.  De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 773.3 de la Ley Enjuiciamiento Civil se convoca a doña Fatiha Saidi y don Said Alaoui Ismaili a una comparecencia que tendrá lugar en la Sala de audiencias de este Tribunal el día 22 de mayo de 2009, a las diez horas, para la sustanciación de las medidas provisionales solicitadas.

2.  En el acto de la comparecencia, si no hubiere acuerdo de los cónyuges sobre las medidas a adoptar, o este, oído, en su caso, el ministerio fiscal, no fuera aprobado en todo o en parte, se oirán las alegaciones de los recurrentes y se practicará la prueba que propongan, que no sea inútil o impertinente, así como la que el tribunal pueda acordar de oficio.

3.  En la diligencia de citación a los cónyuges se les informará del objeto de la comparecencia y se les advertirá:

Que deben acudir asistidos de abogado y representados por procurador.

Que deben acudir con las pruebas de que intenten valerse. Que a tal efecto, en el plazo de tres días siguientes a la citación, deben indicar las personas, que por no poder presentarlas ellos mismos, deben ser citadas por el tribunal para que declaren como parte o como testigos, en su caso, facilitando los datos y circunstancias precisos para su citación.

Que la falta de asistencia sin causa justificada de alguno de los cónyuges puede determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge que asista para fundamentar sus peticiones de medidas provisionales de carácter patrimonial.

4.  Cítese al demandado por edictos, procediéndose a su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se cita a don Said Alaoui Ismaili a fin de que comparezca el día y hora señalados, bajo apercibimiento de no tenerle por comparecido y declararle en rebeldía.

En Leganés, a 13 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/9.629/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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