Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-04-2009

Sección 1.2.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090407-0035

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo

1146 ORDEN de 2 de abril de 2009, por la que se procede a la modificación de las Órdenes 403/2009/00, de 6 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo); Orden 427/2009/00, de 12 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo), corregida mediante Orden de 25 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), y Orden 420/2009/00, de 10 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzo), por las que se convocaban puestos de trabajo para su cobertura por el sistema de Concurso de Méritos.

Publicadas las Órdenes citadas, mediante las que se convocaban puestos de trabajo por el sistema de Concurso de Méritos, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre), que modifica la disposición transitoria segunda de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid, afectadas por la entrada en vigor de la modificación introducida por la Ley 3/2008, de 29 de diciembre,

DISPONGO

Modificar las Órdenes 403/2009/00, de 6 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo); Orden 427/2009/00, de 12 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo), corregida mediante Orden de 25 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), y Orden 420/2009/00, de 10 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzo), añadiendo el siguiente párrafo al apartado 5 que figura en estas órdenes de convocatoria con el siguiente texto: “Las solicitudes deberán ir acompañadas de certificado firmado por el Secretario General Técnico o Gerente de la Consejería u Organismo donde el funcionario preste servicios en la fecha de la convocatoria del concurso de méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motivada por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando si dichas ausencias superan o no el 20 por 100 de la jornada prevista según el calendario laboral, dentro de cada año natural a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, y durante un período máximo de cinco años”.

Por lo que se procede a su modificación al amparo de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, abriéndose un nuevo plazo de presentación de solicitudes a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden.

La Orden objeto de la presente publicación pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 2 de abril de 2009.—El Consejero de Cultura y Deportes, PDF (Orden 239/2009/00, de 19 de febrero), la Secretaria General Técnica, Cristina Torre-Marín Comas.

(03/10.687/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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