Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-04-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090407-0218

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Villa de Vallecas

Resolución de 3 de abril de 2009, de la gerente del Distrito de Villa de Vallecas, por la que se hace pública la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto del contrato de obras número 120/2009/00950, denominado «Acondicionamiento del edificio del CEIP “Ciudad de Valencia”».

1.  Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Villa de Vallecas.

c) Número de expediente: 120/2009/00950.

2.  Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: realización de las obras recogidas en el proyecto de acondicionamiento de edificios del CEIP “Ciudad de Valencia”, del Distrito Villa de Vallecas, aprobado mediante decreto del concejal-presidente del Distrito de Villa de Vallecas en fecha 18 de febrero de 2009.

b) Plazo de ejecución: once meses, empezando las obras a partir de la firma del acta de replanteo.

3.  Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto

c) Forma de adjudicación: licitación pública.

4.  Presupuesto base de licitación: 1.480.383,30 euros (IVA incluido).

5.  Garantía provisional: 38.285,78 euros.

6.  Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Distrito de Villa de Vallecas. Negociado de Contratación.

b) Domicilio: paseo Federico García Lorca, número 12, 28031 Madrid.

c) Teléfono: 915 887 831.

d) Fax: 915 887 840.

e) Correo electrónico: ncontravivallecas@munimadrid.es

f) Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta seis días antes de la fecha límite para la recepción de ofertas.

7.  Requisitos específicos del contratista:

— Empresas españolas y extranjeras no comunitarias:

Deberán acreditar la siguiente clasificación establecida según el artículo 25 del RGLC:

Grupo C; subgrupos 4, 7, 8 y 9; categoría c.

Grupo I; subgrupo 6, categoría a.

Grupo J; subgrupos 2 y 4; categoría a y b (respectivamente).

Grupo K; subgrupos 9 y 4; categoría a y c (respectivamente).

— Empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea:

1. Acreditación de la solvencia económica y financiera:

l Artículo 64 de la Ley de Contratos del Sector Público: declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

Requisitos mínimos de solvencia: la solvencia se entenderá acreditada mediante la declaración de un importe global mínimo de dos veces el valor estimado de este contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios.

2. Acreditación de la solvencia técnico-profesional, artículo 65 de la Ley de Contratos del Sector Público:

l Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

Requisitos mínimos de solvencia: la solvencia se entenderá acreditada por aquellos licitadores que aporten al menos tres certificados de buena ejecución, siendo al menos uno de ellos de alguna Administración Pública.

l Declaración indicando los técnicos o las unidades de técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.

Requisitos mínimos de solvencia: deberá aportar declaración responsable acreditativa de la disponibilidad de los técnicos o unidades técnicas adscritas a la ejecución de la obra, que serán como mínimo los establecidos en los pliegos de prescripciones técnicas, cláusula 7.

l Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales: Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato. Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial.

8.  Presentación de las ofertas:

a) Fecha límite de presentación: veintiséis días naturales a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio hasta la hora de cierre del Registro de la Oficina de Atención al Ciudadano Línea Madrid de este Distrito.

b) Documentación a presentar: la que se señala en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

c) Lugar de presentación: en la Oficina de Atención al Ciudadano Línea Madrid del Distrito de Villa de Vallecas, paseo Federico García Lorca, número 12, 28031 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: tres meses.

e) Admisión de variantes: no procede.

9.  Apertura de ofertas:

a) Entidad: Distrito de Villa de Vallecas.

b) Domicilio: paseo Federico García Lorca, número 12.

c) Fecha: diez días naturales a contar desde el siguiente a la fecha límite de presentación de ofertas, salvo que recayera en sábado, en cuyo caso se abrirían el martes siguiente.

d) Hora: diez.

10.  Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios.

Criterios no valorables en cifras o porcentajes:

1. Mejoras en ahorro energético. Hasta 15 puntos.

Garantizar un mayor aislamiento térmico mejorando las calidades y especificaciones técnicas de la carpintería y vidriería establecidas en el proyecto. Hasta 15 puntos.

Para la valoración de este apartado se deberá presentar las fichas técnicas de los materiales empleados en los que se especifique los coeficientes de transmisión térmica.

2. Memoria constructiva. Hasta 10 puntos.

Se valorarán, dentro de este apartado, los siguientes conceptos:

— El proceso de ejecución. Hasta 5 puntos.

— La descripción de la maquinaria empleada con identificación de su pertenencia. Hasta 2 puntos.

— Las medidas adoptadas para velar por la seguridad de los procesos constructivos tanto respecto a la propia obra como respecto a terceros. Hasta 3 puntos.

Para la valoración de este criterio se deberá presentar una Memoria descriptiva que servirá para explicitar las bases en que se fundamenta el programa de trabajo e, incluso para la completa explicitación de este.

Describirá los procesos de ejecución de las actividades importantes de la obra y reflejará un enfoque y un planteamiento correctos y realista del conjunto de la obra, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos y las prescripciones establecidas.

De las instalaciones de fontanería, electricidad y calefacción, la memoria contendrá un análisis completo del proceso de realización y el cálculo de las instalaciones para el cumplimiento de la normativa actual.

La memoria deberá contener al menos:

— La concepción global de la obra.

— La descripción de todas las actividades importantes o complejas de los procesos constructivos propuestos.

— El análisis en esos procesos de las operaciones simples que forman parte de cada actividad.

— La relación de las fuentes de suministro de materiales y validación de la misma en su caso.

— El estudio de los medios de transporte y de las plantas de producción de materiales.

— Las zonas previstas para préstamos y vertederos, en su caso.

— Relación de las unidades o partes de obra que realizará mediante subcontratación. A los efectos establecidos en el artículo 210.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, el subcontratista no está obligado a concretar el perfil empresarial del subcontratista o subcontratistas propuestos.

Anexo con el cálculo de las instalaciones objeto de contrato, firmado por técnico competente y visado por su colegio profesional.

Esta documentación podrá ser completada con la información gráfica que el licitador considere oportuna, y su extensión no será mayor de 20 folios.

Criterios valorables en cifras o porcentajes:

3. Oferta económica: hasta 25 puntos.

Las ofertas económicas se valorarán de manera que la puntuación obtenida por cada una de ellas será la resultante de interpolar linealmente, entre la oferta que presente el porcentaje de baja más alto, a la que se le asignarán 25 puntos, y las ofertas que no presenten porcentaje de baja sobre los precios unitarios, a las que se les asignará 0 puntos.

Se considerará, en principio, como desproporcionada o temeraria, la baja de toda proposición cuyo porcentaje exceda en 10 unidades a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas, sin perjuicio de la facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia del adjudicatario, como susceptibles del normal cumplimiento de las respectivas proposiciones, siendo en todo caso de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

4. Mejoras de pintura sobre las mínimas establecidas en el proyecto. Hasta 15 puntos.

Las ofertas se valorarán de manera que la puntuación obtenida por cada una de ellas será la resultante de interpolar linealmente, entre la oferta que presente el mayor número de metros cuadrados de pintura al esmalte sintético (similar a la establecida en el proyecto para barandillas), a la que se le asignarán 15 puntos, y las ofertas que no presenten mejora de pintura, a las que se les asignará 0 puntos. 

Los metros cuadrados máximos a ofertar serán 1.022 metros cuadrados.

5.  Equipos de trabajo adscritos a la obra hasta 20 puntos.

Se establece la siguiente puntuación a las ofertas que incorporen al contrato por encima de los mínimos exigidos en el pliego:

— Un equipo de fontaneros (oficial de 1.a y ayudante): 4 puntos.

— Un equipo de fontanero-calefactor (oficial de 1.a y ayudante): 4 puntos.

— Un equipo de pintores (oficial de 1.a y ayudante): 4 puntos.

— Un equipo albañilería (oficial de 1.a y ayudante): 4 puntos.

— Un equipo carpintería exterior (oficial de 1.a y ayudante): 4 puntos.

Para la valoración de este criterio se deberá presentar el currículo del personal ofertado que se incorporarán al contrato, así como carnet profesional homologado para los trabajos de instalaciones.

6. Equipo técnico adscrito a la obra: hasta 10 puntos.

Se valorará dentro de este apartado los siguientes conceptos:

— La mejor cualificación profesional, conocimiento acreditado en trabajos similares y su disponibilidad de incorporación al contrato de referencia del arquitecto técnico o superior establecido en el pliego de prescripciones técnicas: hasta 5 puntos.

La mejor cualificación profesional, conocimiento acreditado en trabajos similares y su disponibilidad de incorporación al contrato de referencia del ingeniero técnico o superior industrial establecido en el pliego de prescripciones técnicas: hasta 5 puntos.

Para la valoración de este criterio se deberá presentar el currículo y acreditación de las titulaciones de los técnicos que se incorporarán al contrato.

Este criterio de adjudicación tiene el carácter de obligación contractual esencial a los efectos del artículo 206.g) de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato [5].

7.  Memoria constructiva, hasta 5 puntos.

— La utilización de maquinaria poco ruidosa. Solamente se valorará este concepto si la oferta incluye certificación expedida por el Centro Municipal de Acústica o por un laboratorio acreditado que avale la potencia sonora de la maquinaria a emplear. Hasta 5 puntos.

Total puntuación: 100 puntos.

11.  Gastos de anuncios: a cargo del adjudicatario.

12.  Página web donde figuren las informaciones relativas a convocatoria o donde puedan obtenerse los pliegos: perfil del contratante, www.munimadrid.es

Madrid, a 3 de abril de 2009.—La gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.

(01/1.197/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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