Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0147

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 101 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, contra la empresa “Urbanizadora Meliá, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución en fecha 9 de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 9 de marzo de 2009.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo del bien inmueble que se describe:

Local comercial, número 12 C, situado en la planta baja inferior del edificio ubicado en Madrid, delimitado por el perímetro que forman las calles Princesa, Tutor, Evaristo San Miguel y Luisa Fernanda, la cual se halla descrita en la inscripción primera, al folio 233, del tomo 1.528, y la inscripción de dominio vigente de la misma es la inscripción rprimera, de la finca 41.150, al folio 225 del tomo 1.528, y esta a su vez complementada por la inscripción primera de la finca 27.862, al folio 126 del tomo 1.185, como propiedad de “Urbanizadora Meliá, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 18.518,24 euros, más 3.703,64 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido contra “Urbanizadora Meliá, Sociedad Anónima”.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas o gravámenes y comuique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requrerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Urbanizadora Meliá, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.384/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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