Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-04-2009

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0211

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 923 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Gutiérrez Moreno, contra las empresas “Servicios y Sistemas Electrotécnicos del Centro, Sociedad Limitada”, y “Ágora Seguridad y Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por don Rubén Gutiérrez Moreno, debo condenar y condeno a “Servicios y Sistemas Electrodomésticos del Centro, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 13.560 euros, así como el 10 por 100 en concepto de mora, y debo absolver y absuelvo a “Comfica Ingeniería y Seguridad, Sociedad Limitada” (antes “Ágora Seguridad y Sistemas, Sociedad Limitada”), de todos los pedimentos de la demanda.

Notifíquese a las partes esta sentencia, haciéndoles saber que frente a la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado de lo social número 1 de Móstoles dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente, si es empresario y no goza del beneficio de justicia gratuita, consignar en la cuenta corriente número 2850, que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” con el nombre de “Cuenta de depósitos y consignaciones”, la cantidad objeto de condena. También deberá acreditar, al tiempo de anunciarlo o en el momento de interponerlo o al tiempo de personarse en la Secretaría de la Sala de lo social, el haber depositado en dicha cuenta la suma de 150,25 euros. Todo ello según lo dispuesto en los artículos 188 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Sistemas Electrotécnicos del Centro, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 10 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.513/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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