Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0195
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Demetrio Moreno Aranda, contra la empresa “Construcciones Directa Madrid, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.599 de 2008, con fecha 9 de marzo de 2009 se ha dictado ka sentencia número 100 de 2009 siguiente: Fallo Que estimando la demanda promovida por don Demetrio Moreno Aranda, frente a “Construcción Directa Madrid, Sociedad Anónima”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, declaro la improcedencia del despido del actor de fecha 3 de noviembre de 2008 y, siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral y condeno a la empresa demandada a abonar al actor una indemnización por importe de 1.775,25 euros y, asimismo, al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia, a razón de 47,34 euros diarios, cuyo importe asciende a la suma de 5.822,82 euros. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2802/1599/08, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2802/1599/08, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se ha constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación a “Construcción Directa Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente. En Madrid, a 9 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/8.541/09) |

