Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0289
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 1 DE FUENLABRADA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento ordinario número 814 de 2007 se ha dictado sentencia de fecha 13 de febrero de 2008, cuyo tenor literal es el siguiente: Sentencia En Fuenlabrada, a 13 de febrero de 2008.—Vistos por mí, Gonzalo Salgado Criado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 814 de 2007, promovidos por el procurador de los tribunales señor Díaz Alfonso, en nombre y representación de la entidad mercantil “Oxicizallas Gómez, Sociedad Anónima”, dirigido por el letrado don Pedro Hernando Sen, contra la entidad mercantil “Gil-Ro, Sociedad Limitada”, incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía. Fallo Que estimando íntegramente la demanda deducida por el procurador señor Díaz Alfonso, en nombre y representación de la entidad mercantil “Oxicizallas Gómez, Sociedad Anónima”, contra la también mercantil “Gil-Ro, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Gil-Ro, Sociedad Limitada”, a que haga pago a “Oxicizallas Gómez, Sociedad Anónima”, de la cantidad de 60.697,62 euros, con más los intereses legales descritos en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas. Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias. Esta resolución no es firme y frente a ella cabe preparar, en el plazo de cinco días desde su notificación, recurso de apelación ante este Juzgado, del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Madrid. Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el magistrado-juez que la suscribe en audiencia pública y en el día de su fecha. Y como consecuencia del ignorado paradero de “Gil-Ro, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Fuenlabrada, a 25 de abril de 2008.—El secretario (firmado). (02/3.497/09) |