Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0087

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.186 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco José Sánchez Martínez y don David García Reyes, contra don Luis Carlos Galiano Gómez y “Aislamiento Galiano, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 124 de 2009

En Madrid, a 3 de marzo de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido ante este Juzgado con el número 1.186 de 2008, a instancias de don Francisco José Sánchez Martínez, asistido por el letrado don Iago Romero Sánchez, frente a la empresa “Aislamiento Galiano, Sociedad Limitada”, y don Luis Carlos Galiano Gómez, que no comparecen, y los autos acumulados a aquellos con el número 1.187 de 2008, a instancias de don David García Reyes, frente a los mismos demandados; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Francisco José Sánchez Martínez y don David García Reyes, contra la empresa “Aislamiento Galiano, Sociedad Limitada”, y don Luis Carlos Galiano Gómez, condeno a los demandados de forma solidaria a abonar a don Francisco José Sánchez Martínez la suma de 6.064,4 euros y a don David García Reyes la suma de 4.678,26 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, en la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Luis Carlos Galiano Gómez y “Aislamiento Galiano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.845/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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