Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0080

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.640 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Montserrat Masague Santos y doña Mónica Dandaczi, contra la empresa “Imperio Tanfer Argento, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por las demandantes doña Montserrat Masague Santos y doña Mónica Dandaczi, contra la empresa demandada “Imperio Tanfer Argento, Sociedad Limitada”, en reclamación sobre despido, declarar la improcedencia del despido, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral declarar extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy y condenar a la empresa demandada para que abone a las demandantes la indemnización que se especifica para cada una de 1.300,02 euros para doña Montserrat y 825,17 euros para doña Mónica, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido (29 de octubre de 2008) hasta la fecha de esta sentencia para la señora Mónica a razón de un salario/día de 31,66 euros, y para la señora Montserrat los salarios de tramitación a razón de 38,90 euros pero solo desde el despido (29 de octubre de 2008) hasta el 21 de enero de 2009, fecha en que comenzó a prestar servicios para otra empresa. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/1640/2008, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Imperio Tanfer Argento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.753/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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