Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-04-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0113

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 12
DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Hace saber: Se ha acordado notificar por medio de edictos la sentencia recaída en el presente procedimiento dictada por la magistrada-juez doña Pilar Pala Castán, con fecha 5 de marzo de 2009, a instancias de don Julián Serrano Serrano, contra doña Mercedes Pardilla Sacristán y doña Elisa María Mendoza Gutiérrez, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1.o  Declaro resuelto el contrato de arrendamiento celebrado por las partes sobre la vivienda sita en la calle Francisco Silvela, número 51, segundo derecha, de Madrid, y, en consecuencia, condeno a doña María Mercedes Pardilla Sacristán y a doña Elisa María Mendoza Gutiérrez a que en el plazo legal la desaloje, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere,

2.o  Condeno a las demandadas al pago de las costas por mitad.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Elisa María Mendoza Gutiérrez se extiende la presente para que sirva de notificación en legal forma.

Madrid, a 18 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).

(02/3.750/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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