Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090402-0316
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008, examinó el expediente relativo al Plan Parcial del Sector S-12 de Suelo Urbanizable, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cubas de la Sagra, promovido por Comisión Gestora del Sector S-12, adoptando acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido de los informes técnico y jurídico, ambos de fecha 17 de octubre de 2008, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ACORDÓ Primero Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector S-12 de Suelo Urbanizable, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cubas de la Sagra, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en los informes de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de 26 de abril de 2007; de la Dirección General de Carreteras, de 4 de septiembre de 2007; del Canal de Isabel II, de 8 de noviembre de 2007; de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 27 de octubre de 2006; de la Dirección General de Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias), de 25 de agosto de 2008; de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, de 14 de julio de 2007, y de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 3 de junio de 2008. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID». En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 11 de diciembre de 2008.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (02/16.862/08) |