Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-03-2009

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090331-0037

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo

1081 ORDEN 471/2009/00, de 20 de marzo, por la que se acuerda la ampliación de los plazos establecidos en los artículos 20 y 21 de la Orden 845/2008/00, de 12 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2009, de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la organización y participación en actividades deportivas e inversiones.

La Orden 845/2008/00, de 12 de diciembre, establece en su artículo 20 un plazo máximo para resolver la convocatoria, de tres meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se llevó a efecto el día 9 de enero de 2009.

Por su parte, el artículo 21 de dicha Orden establece que la justificación de las ayudas concedidas se realizará con anterioridad al día 31 de marzo de 2009.

Sin embargo, a la vista del volumen de solicitudes presentadas, no resulta posible la ejecución de los distintos trámites que han de llevarse a cabo, dentro de los plazos establecidos.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Ampliar el plazo establecido para la resolución de la convocatoria, en el artículo 20 de la Orden 845/2008/00, de 12 de diciembre, hasta el día 30 de abril de 2009.

Segundo

Ampliar el plazo establecido para la justificación de la ayuda concedida, en el artículo 21 de la Orden 845/2008/00, de 12 de diciembre, hasta el día 15 de mayo de 2009.

Tercero

Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Este acuerdo no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dada en Madrid, a 20 de marzo de 2009.

El Consejero de Cultura, Deporte y Turismo,
 SANTIAGO FISAS AYXELÀ

(03/9.704/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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