Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0218
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ARGANDA DEL REY RÉGIMEN ECONÓMICO Se pone en conocimiento del público en general que este Ayuntamiento, conforme a lo establecido en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación, pone al cobro los siguientes tributos, correspondientes al ejercicio de 2009: 1. La tasa por el servicio de recogida de residuos industriales, en el plazo comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2009. 2. La tasa de entrada de vehículos a través de las aceras o calzadas (paso de carruajes). En el plazo comprendido entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2009. 3. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, en el plazo comprendido entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2009. Los padrones de los citados tributos estarán expuestos al público en la Tesorería Municipal por el plazo de quince días para que los legítimos interesados puedan examinarlo, pudiendo interponer recurso de reposición, ante el concejal delegado de Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización de la exposición pública del padrón correspondiente. El período de cobranza voluntario de dichos padrones serán los indicados para cada uno de los tributos, salvo aquellos que hubieran solicitado su inclusión en el Sistema de Fraccionamiento Gratuito Unificado (FGU) y hubieran sido admitidos en este, en cuyo caso se regirán por el sistema establecido en la ordenanza reguladora del mismo. Se realizará el pago de dichos tributos en las entidades bancarias que se indican en los recibos que a tal efecto remitirá el Ayuntamiento a los contribuyentes a través del Servicio de Correos, facilitándose duplicado de los mismos a los contribuyentes que no lo hubieran recibido y así lo requieran en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la planta baja del Ayuntamiento. Asimismo, se recomienda a los contribuyentes la domiciliación del pago de los recibos a través de entidades bancarias. Las solicitudes de domiciliación deberán efectuarse con una antelación mínima de dos meses a la puesta al cobro del padrón correspondiente; en otro caso, surtirán efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que esta se efectúe. Se informa que el cobro de los recibos domiciliados de los tributos puestos al cobro en este período se efectuará el día 30 de junio para las tasas de recogida de residuos industriales y entrada de vehículos a través de las aceras (pasos de carruajes) y el día 15 de junio para las domiciliaciones del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas pendientes de pago serán exigidas en vía ejecutiva, con los recargos legales e intereses de demora correspondientes, según lo previsto en los artículos 26 y 28 de la Ley 53/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En Arganda del Rey, a 3 de marzo de 2009.—La concejala de Economía y Hacienda (firmado). (02/2.772/09) |

