Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0194
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
2008P464 ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 3 de abril de 2008 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de construcción de una línea y un centro de transformación, del que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por doña Tania María Vázquez Sánchez, visado con el número 200802965, de fecha 7 de marzo de 2008, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid. Segundo Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” 27 de diciembre de 2000). Tercero Con fecha 28 de agosto de 2008 tiene entrada en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas escrito de alegaciones de Iberdrola Distribución Eléctrica a la solicitud de “Hidrocantábrico Distribución Eléctrica”, para la autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de una línea y un centro de transformación en calle Fuente Nueva y calle Arijales, en el término municipal de Parla. Cuarto Conforme el artículo 126 del Real Decreto 1955/2000, dicho escrito de alegaciones fue trasladado al peticionario para que este, a su vez, comunicara lo que estimara pertinente en relación con el expediente indicado anteriormente. Dicha contestación fue recibida en esta Dirección General con fecha 24 de septiembre de 2008. Quinto Con fecha 27 de octubre de 2008 le fue requerida a “Iberdrola Distribución Eléctrica” información adicional sobre el citado expediente y su escrito de alegaciones. Con fecha 24 de noviembre de 2008 le fue reiterada dicha solicitud de información adicional, sin que se haya recibido respuesta a dichos requerimientos. Sexto En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 10/2008, de 21 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de febrero de 2008), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias. Segundo Esta Resolución finaliza el procedimiento administrativo y se dicta conforme a lo dispuesto en los artículos 87 y 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas y cumpliendo las prescripciones exigidas en la misma, habiendo pues tenido en cuenta todas las alegciones formuladas en el procedimiento, tanto por los interesados que comparecieron en el mismo como por el solicitante. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas, RESUELVE Primero Autorizar a “Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, la construcción de una línea y un centro de transformación en calle Fuente Nueva y calle Arijales, en el término municipal de Parla, cuyas características son las siguientes: — Una línea subterránea: 2008P464-HLE2449, de 288 metros de longitud, con origen en calle Fuente Nueva, con coordenadas UTM: X = 434043 e Y = 4454824 y final en calle Fuente Nueva, con coordenadas UTM: X = 434043 e Y = 4454824, intercalando CT “La Paloma”, CT “Arijales” y CT “Monte Sinaí”, conductor HEPRZ1-12/20 kV, de 240 milímetros cuadrados, en aluminio, de simple circuito, tensión a 20 kV y los reglamentarios elementos de protección y seccionamiento. — Un centro de transformación: 2008P464-HCE2529, de tipo interior, de 1 ´ 630 kVA (potencia máxima admisible 1 ´ 1.000 kVA), con coordenadas UTM: X = 433950 e Y = 4454879, tensión a 20.000/420 V, alimentado mediante acometida subterránea y protecciones de ruptofusibles. Segundo Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones: 1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes. 2. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente. Tercero La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos. Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999. Madrid, a 10 de febrero de 2009.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (02/2.269/09) |