Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0124

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de diciembre de 2008 a don Francisco José Fernández Sanz, relativa al desmontaje de cerramiento de terraza en la calle Libreros, número 32, tercero, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:

Propuesta del concejal-delegado de Urbanismo para requerir a don Francisco José Fernández Sanz el desmontaje de cerramiento de terraza en la calle Libreros, número 32, tercero, con apercibimiento de ejecución subsidiaria.

Visto el informe jurídico emitido al respecto con fecha 11 de noviembre de 2008, en el que se hace constar que:

— Visto el expediente de desmontaje de cerramiento de terraza en calle Libreros, número 32, tercero, iniciado a don Francisco José Fernández Sanz por resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 13 de mayo de 2008, valorándose su desmontaje a realizar por ejecución subsidiaria en 4.597,73 euros, y no habiéndose presentado alegaciones a la iniciación de expediente de desmontaje y valoración efectuada.

— De conformidad con lo establecido en el artículo 195.3, en relación con el artículo 194.1, 2 y 6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la propuesta presentada y, en consecuencia, requerir a don Francisco José Fernández Sanz para que proceda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo, al desmontaje de cerramiento de terraza en la calle Libreros, número 32, tercero, con apercibimiento que de no hacerlo así, el Ayuntamiento lo podrá realizar a costa del obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y según la valoración efectuada por los Servicios Técnicos Municipales que asciende a la cantidad de 4.597,73 euros, corriendo todos los gastos, daños y perjuicios a cargo del obligado, teniendo dicho importe el carácter de provisional y pudiendo el Ayuntamiento exigir su pago antes de la ejecución de dichas obras, y siempre a reserva de la liquidación definitiva y una vez finalizadas las mismas.

Alcalá de Henares, a 27 de febrero de 2009.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado).

(02/2.948/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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