Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0156

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.440 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Montalvo Perdiguero, contra la empresa “Valsan Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada”, y los administradores concursales don Manuel Rodríguez Soto, don Fernando Chacón Gallego y don Carlos Luis Ramos Román, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 18 de diciembre de 2008, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 18 de diciembre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 26 de noviembre de 2008 tuvo entrada en el Registro de la Delegación del Decanato, correspondiendo a este Juzgado de lo social para su tramitación, la demanda presentada por don Ángel Luis Montalvo Perdiguero, contra “Valsan Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada”, concurso de acreedores de la empresa “Valsan Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada”, en las personas de los administradores del concurso, don Manuel Rodríguez Soto, don Fernando Chacón Gallego y don Carlos Luis Ramos Román, y Fondo de Garantía Salarial, en materia de ordinario, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 18 de diciembre de 2008.—Vistas por mí, doña María Luisa Segura Rodríguez, ilustrísima señora magistrada-juez de lo social del número 10 de los de Madrid y provincia, las presentes actuaciones, dicto la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, fórmense autos y regístrense en el libro registro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada.

Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 30 de junio de 2009, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala C), de esta ciudad. Hágase entrega a la demandada de copia de la demanda presentada y resto de los documentos.

A los otrosíes: documental, no ha lugar, al ser documento que obra en poder del solicitante.

Al otrosí: ha lugar y cítese al representante legal de la empresa demandada según lo solicitado por la actora para la práctica de la prueba de interrogatorio de la parte en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y efectos proveídos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Notifíquese la presente a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Fernando Chacón Gallego, don Carlos Luis Ramos Román, administradores concursales de “Valsan Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.618/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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