Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0129

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 6
DE MAJADAHONDA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal de desahucio por falta de pago número 686 de 2006, sobre verbal de desahucio por falta de pago, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Majadahonda, a 14 de enero de 2009.—Vistos por mí, doña María del Sagrario Herrero Enguita, magistrada-juez de primera instancia del número 6 de los de esta villa, los autos de resolución de contrato de arrendamiento número 686 de 2006, siendo demandante don Antonio Prados Bieras, representado por el procurador señor Muñoz Nieto y asistido de la letrada doña Soraya Vaquero, contra don José Baladino Vázquez Vázquez, rebelde.

Fallo

Se estima la demanda presentada a instancias de don Antonio Prados Bieras, representado por el procurador señor Muñoz Nieto, contra don José Beladino Vázquez Vázquez, rebelde, declarándose resuelto el contrato de arrendamiento de vivienda sita en Las Rozas, Las Matas, calle Ampurias, número 12, por expiración del tiempo máximo previsto en la Ley. Condeno al demandado a dejar libre, vacía y a disposición de la propiedad la citada vivienda, con apercibimiento de vencimiento e imposición de las costas causadas.

Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, y contra la que se podrá preparar recurso de apelación dentro del plazo de cinco días, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Antonio Prados Bieras se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Majadahonda, a 26 de enero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/3.025/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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