Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0210

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado en resolución de esta fecha, dictada en los autos número 1.019 de 2007, a instancias de don José Antonio Rodríguez Risueño, contra “Obrascón Huarte Laín, Sociedad Anónima”, y otros, sobre prestaciones, por la presente se le notifica la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, órgano y plazo al efecto.

Sentencia número 767 de 2008

En Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de diciembre de 2008.—Doña María del Rosario Arellano Martínez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Las Palmas de Gran Canaria y su provincia, ha visto los precedentes autos número 1.019 de 2007, seguidos a instancias de don José Antonio Rodríguez Risueño, representado por el letrado don Eulogio Conde García, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por la letrada doña Teresa Báez Martín; Tesorería General de la Seguridad Social, que no comparece; “Mutua Fremap”, representada por el letrado don Domingo Jiménez Rodríguez, y “Obrascón Huarte Laín, Sociedad Anónima”, que no comparece, sobre impugnación de alta médica.

Fallo

Que desestimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por don José Antonio Rodríguez Risueño, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Fremap” y “Obrascón Huarte Laín, Sociedad Anónima”, sobre impugnación de alta médica, debo absolver y absuelvo a los demandados de todas las pretensiones deducidas en su contra, las cuales son expresamente desestimadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, así como a la Inspección de Trabajo, para su remisión a la Dirección General, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—María del Rosario Arellano Martínez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

Y para que sirva de notificación de sentencia al representante legal de “Obrascón Huarte Laín, Sociedad Anónima”, con domicilio en la calle Gobelas, números 35-37, Madrid, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de febrero de 2009.—La secretaria, Ana María Díaz Granados.

(03/6.831/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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