Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0313

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE OVIEDO

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Menéndez Urbón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 18 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Rodríguez Pérez, contra la empresa “Simbiótica Marketing, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Vista la averiguación de bienes, se decreta el embargo sobre las cuenta a nombre de la ejecutada “Simbiótica Marketing, Sociedad Limitada”, relacionadas en el hecho segundo de esta resolución o cualquier otra a su nombre en las citadas entidades bancarias hasta cubrir el importe total de 6.799,99 euros de principal y 1.189,00 euros de intereses y costas provisionales.

Y adviértase:

a)  Que el pago que, en su caso, hiciera a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.

b)  Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral).

c)  De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).

Averígüese en medio de la aplicación telemática un posible nuevo domicilio de la empresa “Simbiótica Marketing, Sociedad Limitada”.

Indíquese que este requerimiento debe contestarse a la mayor brevedad posible.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima doña María Pilar Muiña Valledor, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Oviedo, de lo que yo, la secretaria.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Simbiótica Marketing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 26 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.676/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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