Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090311-0069

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 54 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Miguelina de la Cruz Rosario, contra la empresa “E Vallecas 2007, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 10 de julio de 2009, a las diez cincuenta y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado sita en la calle Hernani, número 59, cuarta planta, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admite y declara pertinente la prueba de confesión judicial del representante legal de la demandada, cuyo fin cítesela de comparecencia, en el acto del juicio, para que confiere, con los apercibimientos que establece el artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admite y declara pertinente la prueba documental, a cuyo fin requiérase a la demandada para que en el acto del juicio aporte los documentos interesados, con los apercibimientos que establece el artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese a las partes la presente resolución.

Modo de impugnación.—Respecto de la parte de esta resolución relativa a admisión a trámite de la demanda cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación de esta y que respecto a la parte relativa a la admisión o inadmisión a trámite de las pruebas no cabe recurso alguno, de conformidad con lo establecido en los artículos 76.3, 78, 82.2, 87.1 y 87.2 de la Ley de Procedimiento Laboral y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 446 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que rige como supletoria conforme a lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo proceder la parte en la forma establecida en el mencionado artículo 87.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez sustituta de lo social, Yolanda Urbán Sánchez.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “E Vallecas 2007, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.809/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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