Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090310-0131

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 30 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.491 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Mateo Palomo y don Juan Antonio Palomares Valverde, contra “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de febrero de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Tomás Mateo Palomo y don Juan Antonio Palomares Valverde, contra “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Anónima”, condeno a la citada empresa a abonar a cada uno de los actores la cantidad de 799,20 euros por los conceptos reclamados, más el 10 por 100 anual de interés por mora.

Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración y condena, sin perjuicio de sus responsabilidades legales ulteriores, si hubiera lugar a ello, previa instrucción del oportuno expediente administrativo.

Contra la presente sentencia definitiva, que es firme desde su dictado, por razón de la cuantía reclamada, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, no procede recurso de suplicación.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferrallas Ferjuva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.201/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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