Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-03-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090310-0085

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 7
DE TORREJÓN DE ARDOZ

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de expediente de dominio, reanudación del tracto número 769 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña María Cruz Mingo Belloso.—En Torrejón de Ardoz, a 12 de febrero de 2009.

Dada cuenta; visto el estado procesal que mantienen estas actuaciones, es procedente dictar la presente resolución en base a los siguientes:

Antecedentes de hecho:

Primero.—En el presente procedimiento se ha dictado edicto de 7 de noviembre de 2008, que ha sido publicado.

Segundo.—Dentro del plazo establecido en el artículo 215.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se ha presentado por la representación procesal de doña Concepción Iglesias Martín escrito indicando que la resolución había incurrido en la omisión consistente en no incluir la finca “Urbana.—Plaza de garaje número 17 de la finca número 5.409, que a su vez es la finca número 1, local comercial, en planta semisótano del edificio en Algete, carretera de Madrid, en la calle José Antonio, hoy calle Mayor, número 32, inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete al tomo 2.723, folio 171, libro 70, finca número 5.409, solicitando su subsanación.

Fundamento de derecho:

Único.—El artículo 214.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, después de proclamar el principio de que los tribunales no podrán variar sus resoluciones una vez firmadas, permite, sin embargo, en el apartado 3 rectificar errores materiales manifiestos o errores aritméticos que se hubieran podido cometer, rectificación que puede tener lugar en cualquier tiempo.

En el presente caso el error ahora advertido es manifiesto, como se desprende de la simple lectura de los autos, por lo que procede su rectificación.

Parte dispositiva:

Se subsana la omisión advertida en auto de fecha 7 de noviembre de 2008, consistente en la ampliación que figura en el antecedente jurídico de esta resolución en los siguientes términos:

Incluir finca urbana.—Plaza de garaje número 17 de la finca número 5.409, que a su vez es la finca número 1, local comercial, en planta semisótano del edificio en Algete, carretera de Madrid, en la calle José Antonio, hoy calle Mayor, número 32, inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, al tomo 2.723, folio 171, libro 70, finca número 5.409.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución original, que ya fue indicado al notificarse aquella. Pero el plazo para interponerlo comenzará a computarse desde el día siguiente al de la notificación del presente autos.

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

Y como consecuencia del ignorado paradero de las personas a las que pueda interesar, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Torrejón de Ardoz, a 12 de febrero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/2.518/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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