Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-03-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090310-0134

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE BILBAO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Helena Barandiarán García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 415 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don José María Barrueta Ugarte, contra la empresa “Afinsa Bienes Tangibles, Sociedad Anónima”, don Benito Agüera Martín, don Javier Díaz-Gálvez de la Cámara y doña Ana Fernández Daza (Agencia Estatal de Administración Tributaria), sobre extinción de contrato de trabajo, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que desestimando la demanda presentada por don José María Barrueta Ugarte, frente a la entidad “Afinsa Bienes Tangibles, Sociedad Anónima”, mercantil en situación de concurso necesario, y contra los administradores concursales de la citada mercantil, don Javier Díaz-Gálvez de la Cámara, don Benito Agüera Martín y doña Ana Fernández Daza, en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y Fondo de Garantía Salarial, absuelvo a los codemandados de las pretensiones deducidas en su contra, declarando la incompetencia de esta jurisdicción para conocer del asunto.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su publicación, debiendo para hacerlo la demandada ingresar en la cuenta número 4722/0000/65/0415/08 de “Banesto” (“Banco Español de Crédito”-”Banco Vitoria”) la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso; asimismo, deberá constituirse en la cuenta corriente que bajo la denominación de “Recursos de suplicación” tiene abierta en este Juzgado la cantidad de 150,25 euros, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Javier Díaz-Gálvez de la Cámara, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 12 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.078/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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