Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090309-0062

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiéndose aprobado mediante decreto de delegación 124/2009, de 23 de febrero, del Área de Economía, Hacienda y Administración General, los padrones fiscales provisionales correspondientes al ejercicio 2009 de la siguiente exacción municipal:

— Padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Se fija el plazo comprendido entre el 1 de marzo y el 2 de junio de 2009, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Este padrón permanecerá expuesto al público en el Departamento de Rentas y Exacciones durante el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de examen y reclamaciones, según el artículo 66.5 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

El pago se podrá efectuar, previa presentación del tríptico correspondiente, en las oficinas de las entidades colaboradoras “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Popular”, “Banco Español de Crédito”, “Banco de Santander Central Hispano”, “Caja de Madrid”, “Caixa Pensión de Barcelona”, “Caja de Ahorros de Zaragoza, Aragón y Rioja” y “Cajamar”.

Transcurrido este plazo sin hacerse efectivas las deudas, serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con el artículo 28 de la Ley General Tributaria.

Algete, a 23 de febrero de 2009.—El concejal-delegado, Cesáreo de la Puebla Mesa.

(02/2.376/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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